El marco normativo en España sobre operaciones vinculadas en Chamartín, Madrid y en el resto de España se articula principalmente en torno a la regulación del Impuesto sobre Sociedades y a las disposiciones que desarrollan el principio de plena competencia. Este principio establece que las operaciones realizadas entre partes vinculadas deben valorarse por su valor de mercado, es decir, por el importe que habrían acordado partes independientes en condiciones comparables. La finalidad de esta regulación es evitar la erosión de bases imponibles y asegurar una tributación adecuada en el territorio donde se genera el valor.
La norma básica se encuentra en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que define qué se entiende por partes vinculadas e impone a los contribuyentes la obligación de valorar correctamente las operaciones realizadas entre ellas. Se consideran vinculadas, entre otros supuestos, las operaciones entre una sociedad y sus socios con una participación significativa, entre entidades que forman parte de un mismo grupo mercantil o entre una entidad y sus administradores en determinadas circunstancias.
Además de la obligación de valorar a mercado, la normativa impone exigencias formales de documentación. Las entidades deben disponer de una documentación específica que justifique que las operaciones vinculadas en Chamartín, Madrid y en el resto de España se han realizado conforme al principio de plena competencia. Esta documentación suele estructurarse en dos niveles: un archivo maestro con información general del grupo y un archivo específico del contribuyente. En determinados casos, las entidades de reducida dimensión pueden acogerse a obligaciones simplificadas.
El desarrollo reglamentario concreta los métodos de valoración admitidos, tales como el método del precio libre comparable, el del coste incrementado o el del margen neto operacional. La elección del método debe atender a la naturaleza de la operación y a la disponibilidad de información comparable.
La Administración tributaria dispone de amplias facultades de comprobación en esta materia, como bien sabemos en Arbáizar Asesores. Puede regularizar el valor declarado, practicar ajustes primarios y, en su caso, imponer sanciones si aprecia incumplimientos. Asimismo, existen mecanismos para evitar la doble imposición, como los procedimientos amistosos y los acuerdos previos de valoración, que permiten dotar de seguridad jurídica a los contribuyentes en operaciones complejas o recurrentes.

