Ya hace casi dos años que entró en vigor el Real Decreto 16/2013 que modificó los tipos existentes de contratos de trabajo en España, con el objetivo teóricamente de simplificar la cantidad de ellos, al agruparlos en cinco grandes bloques, a pesar de que siguen existiendo 42. Aun así, en la asesoría de empresas en Chamartín queremos refrescar la memoria de nuestros lectores y explicar los tipos de contratos laborales existentes en la actualidad.

A modo de resumen, y antes de profundizar en ellos, existe cinco grandes tipologías de contratos: indefinidos, temporales, formativos, en prácticas y los contratos de trabajo a tiempo parcial, cada uno con sus bonificaciones y sus incentivos, pero para conocerlos tendrás que solicitar los servicios de Arbáizar Asesores. Con esta clasificación, la tramitación teóricamente también es más sencilla, ya que los 42 tipos de contratos se agrupan dentro de alguna de las categorías anteriores.

Los más deseados siguen siendo los contratos indefinidos, aquellos que otorgan estabilidad, al no fijar límites de tiempo en la duración del contrato. A ellos se puede acceder directamente o en determinados supuestos como, por ejemplo, cuando existen contratos temporales celebrados en fraude de ley o cuando un trabajador ha encadenado en un período de treinta meses, al menos 24 de ellos mediante dos o más contratos temporales.

Los contratos temporales siguen siendo los que más tramitamos en la asesoría de empresas en Chamartín, caracterizados por su aplicación durante un tiempo determinado o por simple precariedad. Puede ser jornada completa o parcial, por circunstancias de la producción, por interinidad, etc. En cuanto al contrato para la formación y el aprendizaje, su objetivo es que el trabajador adquiera los conocimientos y dura de 6 meses a 3 años y el contrato en prácticas facilita la práctica profesional de los trabajadores adecuada a su nivel de estudios.