Si estás interesado en cuestiones de testamentos y herencias en Madrid centro, tal vez sea porque tienes algún problema o duda al respecto. Pues bien, a lo largo del presente artículo, va a tratarse la cuestión del posible olvido de señalar a los herederos legítimos en el testamento.

Y es que nosotros, en tanto que absolutos expertos en la cuestión de los testamentos y herencias en Madrid centro, conocemos a fondo los puntos claves a este respecto.

Para comprender este asunto, hay que partir de un concepto jurídico: la preterición. Esta puede ser definida como la omisión, ya sea de manera voluntaria o completamente involuntaria, de un heredero forzoso en el testamento, sin que tal heredero haya percibido la parte legítima que, por ley, le corresponde siempre y en todo caso. Tienes que recordar que, en España, el Código Civil obliga a que determinados familiares hereden siempre una parte del patrimonio del fallecido (los llamados herederos forzosos o legítimos).

Pues bien, si esto ocurre, no significa que el heredero legítimo se quede sin los bienes que deberían corresponderle. Nada más lejos de la realidad. Lo cierto es que puede acudirse a los juzgados para que, siguiendo el procedimiento correspondiente marcado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, la herencia se reparta tal y como corresponde de acuerdo con la legislación española.

El juez, si se demuestra que ha existido tal preterición y que, en efecto, existe un heredero legítimo que no ha percibido nada, obligará a un nuevo reparto de los bienes.

En conclusión, a partir de la información que aquí te hemos señalado, has podido ver la importancia de contar con asesores profesionales en el sector. Aquí es donde entramos nosotros, ya que en Arbáizar Asesores conocemos en profundidad la ley, así como todos y cada uno de los procedimientos a seguir para que sea cumplida debidamente.