A la hora de gestionar los testamentos y herencias en Chamartín hay que contactar necesariamente con asesores especializados en dicha materia si queremos que todo salga bien. Uno de los aspectos que suelen surgir en muchas de estas gestiones y, sobre todo, cuando se trata de la gestión de los derechos del cónyuge de la persona fallecida, es el derecho de usufructo.

El derecho de usufructo está regulado en el código civil y lo que regula es el poder de utilizar un bien en cuestión aunque no se tenga su propiedad. Es decir, si el cónyuge del fallecido tiene el derecho de usufructo de la vivienda común, pero no tiene la propiedad en herencia, dicho cónyuge podrá seguir viviendo en dicha propiedad aunque no sea suya en posesión. Este derecho lleva consigo una serie de beneficios, pero también una serie de obligaciones que tendrá que cumplir tras resolver su gestión con los expertos en testamentos y herencias en Chamartín.

Entre los derechos está el uso del bien y el beneficio de las rentas que el mismo pueda producir. Por ejemplo, si se tiene el derecho de usufructo de un inmueble y este se alquila, el usufructuario podrá recibir las rentas de dicho alquiler. Sin embargo, en cuanto a las obligaciones, si el usufructuario tiene dicho derecho sobre el inmueble en cuestión, también estará obligado a efectuar sobre él las labores de mantenimiento y a pagar impuestos que graven dicho bien tales como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). 

Lo que está terminantemente prohibido es vender o hipotecar dicho bien, puesto que no se posee la propiedad. Ante las dudas del derecho de usufructo, contacta con Arbáizar Asesores