Cuando preparamos los testamentos y herencias en Chamartín, muchas veces no tenemos claro en cuántas partes y de qué manera podemos dividir los bienes de los que disponemos. En este breve artículo te damos algunas de las claves para tenerlo algo más claro.

Cuando pensamos en la división de los testamentos y herencias en Chamartín debemos de tener en cuenta que la ley estipula de tres partes a la hora de dividir la herencia: la legítima, la mejora y la de libre disposición. Es decir, existen unas restricciones a la hora de hacer un reparto de nuestros bienes.

Los herederos legítimos deberán recibir un tercio de los bienes a partes iguales, eso no lo podemos tocar. Con la excepción de haber desheredado a uno de ellos por causas que ya hemos comentado en otros post.

A mayores, los herederos legítimos tienen derecho a otro tercio que podremos dividir como nosotros designemos en caso de no marcarlo a partes iguales.

Por último, el tercio de libre disposición se puede asignar de la manera que decidamos y a quien queramos, ya que no tiene por qué incluir a los legítimos en esa parte.

Debemos tener en cuenta quiénes son los herederos legítimos. En primer lugar, tenemos a los descendientes, ascendentes y cónyuges y, en caso de no existir, a los hermanos tíos y sobrinos.

Como ves, a la hora de decidir el reparto que queremos hacer de una herencia es importante fijarse en todo. Por ello acudir a profesionales es la mejor solución posible.

En Arbáizar Asesores estamos a tu disposición para ayudarte en cualquier tipo de problema que tengas respecto a la redacción o aplicación de un testamento o herencia. No dudes en acudir a nosotros para que te asesoremos sobre todo lo que necesites saber, te esperamos para resolver todas tus dudas.